Realizar profundas reformas constitucionales nunca es tarea sencilla. Cambiar las cosas para mejorarlas siempre genera dudas y hasta resistencias. Pero si el diálogo se impone y la política prevalece, se disipan las posturas irreductibles y se privilegian las convergencias por el bien del interés general. Esto es aún más relevante cuando lo que está en juego es el sistema político y electoral del país. Es decir, las reglas de convivencia democrática entre los diversos actores de la sociedad. La transición política en México trajo innumerables cambios de paradigma en nuestro sistema político. Uno de los cambios más notables, se relaciona con la necesidad de transparentar los procesos de decisión en la administración pública. La taxonomía tradicional del poder político a partir de una perspectiva carismática en Latinoamérica, ha cedido paso a un modelo más racional de institucionalización de figuras constitucionales para la rendición de cuentas. El artículo 16 de la Declaración Francesa de los Derechos del Hombre y del Ciudadano ha sido piedra angular en el reconocimiento y consagración del principio de división de poderes en la mayor parte de las Constituciones contemporáneas. Éste, el cual tiene a su vez antecedentes en la filosofía política del siglo XVII, sostenida por John Locke, y durante el siglo XVIII, por Montesquieu.
978-607-8341-18-4

Ficha técnica

Autores
Enríquez Fuentes, Gastón J
Area
Políticas Públicas
Coeditores
Senado de la República
ISBN
978-607-8341-18-4
Edicion
noviembre 2015
Encuadernacion
rústica
Paginas
116
Alfabetico
L
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